
La Junta Central Electoral (JCE) comunicó a la ciudadanía las regulaciones establecidas por la Ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, para las Elecciones Ordinarias Generales Presidenciales y Congresuales del 19 de mayo de 2024.
El domingo 19 de mayo de 2024 se declara no laborable en todo el país, según lo estipulado en el artículo 229 de la mencionada ley. En caso de actividades laborales que no puedan ser interrumpidas, los empleadores deben garantizar que sus empleados hábiles para votar dispongan del tiempo necesario para ejercer su derecho sin sufrir pérdida salarial u otros derechos.
A partir de la medianoche del jueves 16 de mayo de 2024, queda prohibido realizar actividades de proselitismo, espectáculos públicos, reuniones políticas o propaganda electoral por medios de comunicación, como prensa, radio, televisión y otros medios.
Desde las 7:00 a. m. del sábado 18 de mayo de 2024, es decir, veinticuatro horas antes de la elección, hasta las 5:00 a. m. del lunes 20 de mayo de 2024, queda prohibida la venta y distribución de bebidas alcohólicas. Sin embargo, se exceptúan de esta disposición los establecimientos hoteleros situados en zonas turísticas y otras localidades del país.
✆ 𝐀𝐠𝐫é𝐠𝐚𝐧𝐨𝐬 𝐚 𝐭𝐮 𝐖𝐡𝐚𝐭𝐬𝐀𝐩𝐩 𝐞 𝐢𝐧𝐟ó𝐫𝐦𝐚𝐭𝐞 𝐦𝐞𝐣𝐨𝐫: 𝟖𝟐𝟗𝟗𝟖𝟖𝟗𝟗𝟗𝟗
